Código Civil
Artículo 1326 · Reducción del resarcimiento por actos del acreedor
LIBRO VI · LAS OBLIGACIONES · SECCIÓN SEGUNDA · EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES · TÍTULO IX · Inejecución de Obligaciones · CAPÍTULO PRIMERO · Disposiciones Generales
Texto vigente
Si el hecho doloso o culposo del acreedor hubiese concurrido a ocasionar el daño, el resarcimiento se reducirá según su gravedad y la importancia de las consecuencias que de él deriven.
Línea de tiempo normativa
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Fuente del texto
Décimo cuarta edición oficial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, actualizada al 01/08/2014. Modificatorias posteriores NO aplicadas..
Puede estar desactualizado. Es el texto de la edición oficial indicada arriba; las leyes posteriores todavía no se aplicaron. Consulta la norma vigente antes de usarlo.
El texto es copia fiel del diario oficial El Peruano según la propia edición. El epígrafe lo incorpora el Ministerio de Justicia y tiene carácter referencial (Ley N.° 25362), salvo que la ley que modificó el artículo lo haya fijado.
Trazabilidad
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