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Resolución · gob.pe

Resolución Directoral N.° 02045-2026-PRODUCE/DS-PA

Ministerio de la Producción · 2026-09-11

Sumilla

DECLARAR DE OFICIO la aplicación de la Retroactividad Benigna como excepción al Principio de Irretroactividad previsto en el numeral 5) del artículo 230° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General a favor de FERNANDO ALEXANDER PANTA SAMILLAN con DNI [omitido], JUAN FERNANDO PANTA RUIZ con DNI [omitido] y HERNAN DARIO PANTA PERICHE con DNI [omitido], respecto de la sanción de multa impuesta en la Resolución Directoral N° 1007-2018-PRODUCE/DS-PA, modificada por Resolución Consejo de Apelación de Sanciones N° 999-2018-PRODUCE/CONAS-UT

Texto de la resolución

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Datos de la resolución

Tribunal: Dirección de Sanciones (PRODUCE)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: N.° 02045-2026-PRODUCE/DS-PA
Tipo: Resolución Directoral
Fecha de publicación: 2026-09-11

Fuente oficial

Resolución publicada en gob.pe. Los datos personales de las partes se enmascaran de forma automática y aproximada.

Citar como

Resolución Directoral N.° 02045-2026-PRODUCE/DS-PA. Ministerio de la Producción · Dirección de Sanciones (PRODUCE), 2026-09-11. Fuente: https://www.gob.pe/institucion/produce/normas-legales/8638265-02045-2026-produce-ds-pa.

Trazabilidad

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