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Jurisprudencia · Poder Judicial

Antes de impugnar judicialmente los acuerdos corresponde al interesado agotar la vía administrativa ante la junta de acreedores

Casación 1735-2017 · Lima · Corte Suprema · Sala Civil Permanente · 2018-05-10

Sumilla

Antes de impugnar judicialmente los acuerdos corresponde al interesado agotar la vía administrativa ante la junta de acreedores · Ejecutoria relevante · Acto Jurídico · Sala Civil Permanente · Distrito de Lima

Texto de la resolución

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Fuente oficial

Resolución publicada en gob.pe. Los datos personales de las partes se enmascaran de forma automática y aproximada.

Citar como

Casación 1735-2017 · Lima. Corte Suprema · Sala Civil Permanente, 2018-05-10. Fuente: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cij-juris/s_cij_jurisprudencia_nuevo/as_jurisprudencia_sistematizada/as_resoluciones_relevantes/as_Civil/as_actojuridico/.

Trazabilidad

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