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Recurso de Nulidad 215-2011 · Arequipa · Poder Judicial · 2013-04-01
Sumilla
La autoridad jurisdiccional que conoce un medio impugnatorio debe circunscribirse a los agravios aducidos por las partes, en su recurso impugnatorio presentado, de conformidad con lo establecido en el numeral uno del artículo cuatrocientos nueve del Código Procesal Penal.Fecha de emisión de la sentencia: 12/06/2012 · Ejecutoria vinculante · 2012 · Distrito de Arequipa
Texto de la resolución
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Ficha jurídica
preparando…Preparando la ficha jurídica: se lee el PDF oficial y se elabora una sola vez (unos 20 segundos)…
Fuente oficial
Resolución publicada en gob.pe. Los datos personales de las partes se enmascaran de forma automática y aproximada.
Citar como
Recurso de Nulidad 215-2011 · Arequipa. Poder Judicial, 2013-04-01. Fuente: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cij-juris/s_cij_jurisprudencia_nuevo/as_jurisprudencia_sistematizada/as_ejecutorias_vinculantes/as_penal/as_PrecedentesDoctrinaJurisprudencialVinculante/as_2012/.
Trazabilidad
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