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La sentencia de vista no se encuentra debidamente motivada en razón que sus fundamentos contienen defectos de incongruencia procesal activa, por ende…

Casación 202-2015 · Tacna · Corte Suprema · 1era Sala Constitucional Transitoria · 2016-04-21

Sumilla

La sentencia de vista no se encuentra debidamente motivada en razón que sus fundamentos contienen defectos de incongruencia procesal activa, por ende no cumple con los parámetros mínimos de validez que debe tener una resolución judicial, correspondiendo declarar su nulidad. · Ejecutoria relevante · Motivación de Resoluciones Judiciales · 1era Sala Constitucional Transitoria · Distrito de Tacna

Texto de la resolución

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Fuente oficial

Resolución publicada en gob.pe. Los datos personales de las partes se enmascaran de forma automática y aproximada.

Citar como

Casación 202-2015 · Tacna. Corte Suprema · 1era Sala Constitucional Transitoria, 2016-04-21. Fuente: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cij-juris/s_cij_jurisprudencia_nuevo/as_jurisprudencia_sistematizada/as_resoluciones_relevantes/as_ContenciosoAdministrativo/as_Motivacion_de_Resoluciones_Judiciales/.

Trazabilidad

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