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Jurisprudencia · Poder Judicial

El trato remunerativo diferenciado solo será considerado como discriminatorio cuando no esté sustentado en factores objetivos y razonables.

Casación 20121-2016 · Lima · Corte Suprema · 2da Sala Constitucional Transitoria · 2017-03-24

Sumilla

El trato remunerativo diferenciado solo será considerado como discriminatorio cuando no esté sustentado en factores objetivos y razonables. · Ejecutoria relevante · Remuneraciones · 2da Sala Constitucional Transitoria · Distrito de Lima

Texto de la resolución

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Fuente oficial

Resolución publicada en gob.pe. Los datos personales de las partes se enmascaran de forma automática y aproximada.

Citar como

Casación 20121-2016 · Lima. Corte Suprema · 2da Sala Constitucional Transitoria, 2017-03-24. Fuente: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cij-juris/s_cij_jurisprudencia_nuevo/as_jurisprudencia_sistematizada/as_resoluciones_relevantes/as_Laboral/as_remuneraciones/.

Trazabilidad

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