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Jurisprudencia · SPIJFundada: Se precisa que que la divulgación de la información requerida no vulnera las excepciones previstas en los artículos 15, 16 y…
Expediente 01139-2022-PHD/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-01-03
Sumilla
FUNDADA. SE PRECISA QUE QUE LA DIVULGACIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA NO VULNERA LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 15, 16 Y 17 DEL TUO DE LA LEY N° 27806, DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, CASO EN EL CUAL PODRÍA JUSTIFICARSE UNA RESPUESTA NEGATIVA.
Artículos citados 3
Ley N.° 27806, art. 15Aplica
Ley N.° 27806, art. 16Aplica
Ley N.° 27806, art. 17Aplica
Extraídos del texto de forma automática.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01139-2022-PHD/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-01-03
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 01139-2022-PHD/TC. , 2023-01-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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