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Jurisprudencia · SPIJInfundada: Se precisa que las resoluciones judiciales cuestionadas no vulneraron el derecho fundamental a la debida motivación de las…
Expediente 01238-2022-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-01-03
Sumilla
INFUNDADA. SE PRECISA QUE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES CUESTIONADAS NO VULNERARON EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES, TENIENDO EN CUENTA QUE EL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES ES UNA GARANTÍA DEL JUSTICIABLE FRENTE A LA ARBITRARIEDAD JUDICIAL Y QUE GARANTIZA QUE LAS RESOLUCIONES NO SE ENCUENTREN JUSTIFICADAS EN EL MERO CAPRICHO DE LOS JUECES, SINO EN DATOS OBJETIVOS QUE PROPORCIONA EL ORDENAMIENTO JURÍDICO O LOS QUE SE DERIVAN DEL CASO.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01238-2022-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-01-03
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 01238-2022-PHC/TC. , 2023-01-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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