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Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: Se colige que existe una especial protección para la indemnidad sexual del menor, debido a que estos son considerados…

Casacion 1005-2021-HUANCAVELICA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-01-04

Sumilla

INFUNDADO. SE COLIGE QUE EXISTE UNA ESPECIAL PROTECCIÓN PARA LA INDEMNIDAD SEXUAL DEL MENOR, DEBIDO A QUE ESTOS SON CONSIDERADOS INCAPACES TANTO FÍSICA COMO PSÍQUICAMENTE PARA DAR SU CONSENTIMIENTO AL EJERCER Y DISPONER DE SU LIBERTAD SEXUAL. EN ESTOS CASOS ES INDISPENSABLE TOMAR EN CUENTA LA EDAD DEL MENOR. POR TANTO, NO OPERA EL CONSENTIMIENTO COMO JUSTIFICACIÓN EN MATERIA SEXUAL DE UNA MENOR DE 13 AÑOS DE EDAD.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 1005-2021-HUANCAVELICA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-01-04

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 1005-2021-HUANCAVELICA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-01-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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