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Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: Se concluye que el convenio colectivo adoptado únicamente debe ser aplicado sobre los miembros del sindicato, más no se debe…

Casacion 025-2020-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-01-04

Sumilla

INFUNDADO. SE CONCLUYE QUE EL CONVENIO COLECTIVO ADOPTADO ÚNICAMENTE DEBE SER APLICADO SOBRE LOS MIEMBROS DEL SINDICATO, MÁS NO SE DEBE EXTENDER A LOS NO AFILIADOS, A EXCEPCIÓN DE QUE SE ESTABLECIDA EN DICHO ACUERDO, LO CUAL SÍ OCURRE EN EL PRESENTE CASO.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 025-2020-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-01-04

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 025-2020-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-01-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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