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Jurisprudencia · SPIJ

Fundado: Se colige que los acuerdos establecidos en un convenio colectivo son aplicables a aquellos afiliados al sindicato, con…

Casacion 15677-2019-LIMA ESTE · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-01-04

Sumilla

FUNDADO. SE COLIGE QUE LOS ACUERDOS ESTABLECIDOS EN UN CONVENIO COLECTIVO SON APLICABLES A AQUELLOS AFILIADOS AL SINDICATO, CON EXCEPCIÓN A QUE SE DISPONGA LO CONTRARIO. EN EL PRESENTE CASO, SE ESTIMA QUE EL RECURRENTE ACREDITÓ LA EXISTENCIA DEL VÍNCULO LABORAL CON LA DEMANDADA LO CUAL LE PERMITIÓ AFILIARSE AL SINDICATO, POR TANTO, LE CORRESPONDE LOS BENEFICIOS NEGOCIADOS EN EL CONVENIO.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 15677-2019-LIMA ESTE
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-01-04

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 15677-2019-LIMA ESTE. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-01-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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