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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se estima que, no le corresponde, a los magistrados del Poder Judicial, acceder a las bonificaciones pretendidas, en…
Casacion 28921-2018-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-01-04
Sumilla
FUNDADO. SE ESTIMA QUE, NO LE CORRESPONDE, A LOS MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL, ACCEDER A LAS BONIFICACIONES PRETENDIDAS, EN CONSECUENCIA, NO PROCEDE EL INCREMENTO DE LA PENSIÓN DE VIUDEZ A LA ACCIONANTE DEL CAUSANTE. POR TANTO, SE ADVIERTE HUBO UNA VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO, LO CUAL PERJUDICÓ LA POSICIÓN DE LA ENTIDAD DEMANDADA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 28921-2018-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-01-04
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 28921-2018-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-01-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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