Inicio › Jurisprudencia › Se colige que, los intereses moratorios se constituyen por el no pago de los pagos a cuenta, lo cual se establece en la…
Jurisprudencia · SPIJ

Se colige que, los intereses moratorios se constituyen por el no pago de los pagos a cuenta, lo cual se establece en la…

Casacion 7903-2019-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-01-04

Sumilla

SE COLIGE QUE, LOS INTERESES MORATORIOS SE CONSTITUYEN POR EL NO PAGO DE LOS PAGOS A CUENTA, LO CUAL SE ESTABLECE EN LA NORMATIVA TRIBUTARIA, SUPUESTO QUE NO HA SIDO DEBIDAMENTE CONSIDERADO PARA EMITIR UNA DECISIÓN JUSTA. EN CONSECUENCIA, SE HA INCURRIDO EN UN VICIO DE INTERPRETACIÓN AL ORDENAR PAGAR DICHOS INTERESES, LO CUAL HA VULNERADO LOS DERECHOS PROCESALES DE LA ENTIDAD RECURRENTE.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 7903-2019-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-01-04

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 7903-2019-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-01-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
7e5fb84664a4940a9c81f0ce1d4e93500512af945a002d4f93da51f67fa51b90
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:32:18 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.