Inicio › Jurisprudencia › Infundado: Se determina que la conclusión a la que arriba el juez de primera instancia, no es acorde con la taxativa normatividad del…
Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se determina que la conclusión a la que arriba el juez de primera instancia, no es acorde con la taxativa normatividad del…
Expediente 00408-2022-0-0107-JR-PE-01 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-01-24
Sumilla
INFUNDADO. SE DETERMINA QUE LA CONCLUSIÓN A LA QUE ARRIBA EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, NO ES ACORDE CON LA TAXATIVA NORMATIVIDAD DEL PROCESO CONSTITUCIONAL, SIN EMBARGO, ES VÁLIDA EN CUANTO DIO MÉRITO A NO PRONUNCIARSE SOBRE EL FONDO Y DECLARAR IMPROCEDENTE LA DEMANDA, Y EN ESTE SENTIDO, CON ESTA OBSERVACIÓN, ESTE COLEGIADO CONSIDERA QUE DEBE DESESTIMARSE LA PRETENSIÓN IMPUGNATORIA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00408-2022-0-0107-JR-PE-01
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-01-24
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00408-2022-0-0107-JR-PE-01. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2023-01-24. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
85f04903fa636135505be153707662f0eadd47cfba8d06a9a4b65b3a86eb7c06
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:32:19 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
