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Jurisprudencia · SPIJFundado: En el presente caso, se debe aplicar lo dispuesto en la ley n° 24704, la cual declara como día cívico no laborable compensado…
Casacion 24904-2019-HUÁNUCO · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-02-28
Sumilla
FUNDADO. EN EL PRESENTE CASO, SE DEBE APLICAR LO DISPUESTO EN LA LEY N° 24704, LA CUAL DECLARA COMO DÍA CÍVICO NO LABORABLE COMPENSADO EL 15 DE AGOSTO, POR LO CUAL ELLO NO SE CONSIDERA COMO DÍA HÁBIL, ADEMÁS, SU APLICACIÓN EN LOS ASUNTOS PÚBLICOS NO PUEDE VERSE AFECTADO POR LA DECISIÓN UNILATERAL DE LOS SERVIDORES DE LA DEMANDADA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 24904-2019-HUÁNUCO
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-02-28
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 24904-2019-HUÁNUCO. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-02-28. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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