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Jurisprudencia · SPIJInfundado: El daño moral que reclama la parte recurrente conforme a los argumentos esbozados, puede ser concebido como un daño no…
Casacion 5973-2019-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-03-21
Sumilla
INFUNDADO. EL DAÑO MORAL QUE RECLAMA LA PARTE RECURRENTE CONFORME A LOS ARGUMENTOS ESBOZADOS, PUEDE SER CONCEBIDO COMO UN DAÑO NO PATRIMONIAL INFERIDO SOBRE LOS DERECHOS DE LA PERSONALIDAD O EN VALORES, QUE PERTENECEN MÁS AL ÁMBITO AFECTIVO QUE AL FÁCTICO Y ECONÓMICO, EN TAL SENTIDO, EL DAÑO MORAL ABARCA TODO MENOSCABO PROVENIENTE DEL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OBLIGACIÓN QUE SE PUEDA VALORAR EN FUNCIÓN DE SU GRAVEDAD OBJETIVA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 5973-2019-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-03-21
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 5973-2019-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-03-21. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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