Inicio › Jurisprudencia › Improcedente: En el presente caso, se configura la causal de improcedencia al no agotar la vía previa existente, puesto que la entidad…
Jurisprudencia · SPIJImprocedente: En el presente caso, se configura la causal de improcedencia al no agotar la vía previa existente, puesto que la entidad…
Expediente 00344-2022-0-0801-JR-CI-02 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-03-29
Sumilla
IMPROCEDENTE. EN EL PRESENTE CASO, SE CONFIGURA LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA AL NO AGOTAR LA VÍA PREVIA EXISTENTE, PUESTO QUE LA ENTIDAD DEMANDADA NO HA EXCEDIDO EL PLAZO DE TREINTA DÍAS HÁBILES PARA EMITIR RESPUESTA A LA SOLICITUD DEL RECURRENTE.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00344-2022-0-0801-JR-CI-02
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-03-29
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00344-2022-0-0801-JR-CI-02. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2023-03-29. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
1388dd9dbe77605b8b57471f8f35670a39171ca0811166f5115a58da0abfb67d
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:32 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
