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Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se determina que, en aplicación del principio de primacía de la realidad, debe entenderse que los pagos bajo la aparente…
Casacion 28224-2018-DEL SANTA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-04-18
Sumilla
INFUNDADO. SE DETERMINA QUE, EN APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD, DEBE ENTENDERSE QUE LOS PAGOS BAJO LA APARENTE DENOMINACIÓN DE VACACIONES, GRATIFICACIONES Y COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, NO OBEDECEN AL ACUERDO DE LAS PARTES, SINO SON IMPUTABLES A LA REMUNERACIÓN DEL ACTOR, AL SER CONSTANTES EN SU PAGO, NO SUJETOS A CONDICIÓN NI LIMITACIÓN ALGUNA, Y MÁS BIEN, SON DE LIBRE DISPOSICIÓN DEL TRABAJADOR.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 28224-2018-DEL SANTA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-04-18
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 28224-2018-DEL SANTA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-04-18. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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