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Jurisprudencia · SPIJInfundado: En el presente caso, se determina que no se aprecia que la demanda se haya calificado indebidamente la misma, ya que, el…
Casacion 26680-2019-CUSCO · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-04-26
Sumilla
INFUNDADO. EN EL PRESENTE CASO, SE DETERMINA QUE NO SE APRECIA QUE LA DEMANDA SE HAYA CALIFICADO INDEBIDAMENTE LA MISMA, YA QUE, EL PETITORIO AL HABERSE MATERIALIZADO, SI SE ENCUENTRA FUNDAMENTADO JURÍDICAMENTE EN LA CAUSAL DE NULIDAD CONTEMPLADA EN LOS NUMERALES 1 Y 2 DEL ARTÍCULO 10 DE LA LEY Nº 27444, LO CUAL NO MOTIVA QUE SE HAYA COMETIDO ALGUNA VULNERACIÓN AL INCISO 3 DEL ARTÍCULO 426 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL.
Artículos citados 1
Ley N.° 27444, art. 10Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 26680-2019-CUSCO
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-04-26
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 26680-2019-CUSCO. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-04-26. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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