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Jurisprudencia · SPIJFundada: En el presente caso, se ha afectado el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, reconocido en el…
Expediente 05447-2014-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-07-06
Sumilla
FUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, SE HA AFECTADO EL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES, RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 139, INCISO 5, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, PUESTO QUE SE VULNERA EL DERECHO A LA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES, PORQUE INCURRE EN DEFICIENCIAS EN LA JUSTIFICACIÓN DE LAS PREMISAS EXTERNAS (O “MOTIVACIÓN EXTERNA”).
Artículos citados 1
Constitución Política, art. 139Aplica
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 05447-2014-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-07-06
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 05447-2014-PA/TC. , 2023-07-06. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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