Inicio › Jurisprudencia › Fundado: En el presente caso, se advierte la falta de motivación en la decisión impugnada pues cuestiona hechos fácticos inexistentes…
Jurisprudencia · SPIJFundado: En el presente caso, se advierte la falta de motivación en la decisión impugnada pues cuestiona hechos fácticos inexistentes…
Expediente 24781-2021-PUNO · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-06-20
Sumilla
FUNDADO. EN EL PRESENTE CASO, SE ADVIERTE LA FALTA DE MOTIVACIÓN EN LA DECISIÓN IMPUGNADA PUES CUESTIONA HECHOS FÁCTICOS INEXISTENTES Y AJENOS A LOS DILUCIDADOS EN SEDE CASATORIA Y JUDICIAL, EN ESE SENTIDO, AL NO EMITIRSE UNA DEBIDA JUSTIFICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES SE VULNERA EL ARTÍCULO 139, EN LOS INCISOS 3 Y 5 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, POR TANTO, SE ORDENA EMITIR UN NUEVO PRONUNCIAMIENTO.
Artículos citados 1
Constitución Política, art. 139Aplica
Extraídos del texto de forma automática.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 24781-2021-PUNO
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-06-20
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 24781-2021-PUNO. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2023-06-20. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
a20cc46db80fc139ab4ef0a034430b25e80eb8cc7d714d1c10fac9c361bf3ee4
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:35 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
