Inicio › Jurisprudencia › Fundada: En el presente caso, se ha acreditado la vulneración del derecho a la pensión de la recurrente, corresponde ordenar que la…
Jurisprudencia · SPIJFundada: En el presente caso, se ha acreditado la vulneración del derecho a la pensión de la recurrente, corresponde ordenar que la…
Expediente 01177-2016-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2019-02-09
Sumilla
FUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA PENSIÓN DE LA RECURRENTE, CORRESPONDE ORDENAR QUE LA ONP LE OTORGUE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN ADELANTADA, CON EL PAGO DE LAS PENSIONES DEVENGADAS CORRESPONDIENTES, CONFORME AL ARTÍCULO 81 DEL DECRETO LEY N° 19990.
Artículos citados 1
D. Ley 19990, art. 81Cita
Extraídos del texto de forma automática.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01177-2016-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2019-02-09
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 01177-2016-PA/TC. , 2019-02-09. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
e1486dce81aa7175625d415feb90b03824e872341f3dc5a678cbdc5c18ad0bd3
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:35 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
