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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se precisa que, el demandante para obtener la autorización para brindar servicio de transporte escolar deberá no solo cumplir…
Casacion 24753-2021-CUSCO · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-07-26
Sumilla
FUNDADO. SE PRECISA QUE, EL DEMANDANTE PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA BRINDAR SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR DEBERÁ NO SOLO CUMPLIR CON LAS EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 53 DEL DECRETO SUPREMO N° 017-2009-MTC, TAMBIÉN, DEBERÁ PRESENTAR UN NUEVO VEHÍCULO PARA SEGUIR PRESTANDO DICHOS SERVICIOS, EN MÉRITO A LA SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE LOS MENORES QUE SERÁN CONSUMIDORES DE SU ACTIVIDAD.
Artículos citados 1
D.S. 017-2009-MTC, art. 53Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 24753-2021-CUSCO
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-07-26
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 24753-2021-CUSCO. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-07-26. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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