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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: En el presente caso, se determina que no se ha vulnerado el derecho a la seguridad social del accionante, puesto que se…

Expediente 02659-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-10-31

Sumilla

INFUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, SE DETERMINA QUE NO SE HA VULNERADO EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL DEL ACCIONANTE, PUESTO QUE SE ADVIERTE QUE SI BIEN SE RECONOCIÓ QUE EL ACCIONANTE CUMPLIÓ CON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A UNA PENSIÓN DE JUBILACIÓN MINERA PROPORCIONAL BAJO LOS ALCANCES DE LA LEY N° 25009, NO OBSTANTE, SOLICITÓ EL OTORGAMIENTO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN MINERA EL 31 DE ENERO DE 2001, ESTO ES, PRESENTÓ SU SOLICITUD DE PENSIÓN CON FECHA POSTERIOR A LOS PLAZOS FIJADOS PARA SU INSCRIPCIÓN VOLUNTARIA PARA ACCEDER A LA BONIFICACIÓN DEL FONAHPU.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02659-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-10-31

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02659-2022-PA/TC. , 2023-10-31. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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