Inicio › Jurisprudencia › Infundada: En el presente caso, se determina que a la fecha en que venció el nuevo y último plazo extraordinario de 120 días establecido…
Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: En el presente caso, se determina que a la fecha en que venció el nuevo y último plazo extraordinario de 120 días establecido…

Expediente 04681-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-12-01

Sumilla

INFUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, SE DETERMINA QUE A LA FECHA EN QUE VENCIÓ EL NUEVO Y ÚLTIMO PLAZO EXTRAORDINARIO DE 120 DÍAS ESTABLECIDO POR EL DECRETO DE URGENCIA N° 009-2000 PARA EFECTUAR UN NUEVO PROCESO DE INSCRIPCIÓN, EL ACCIONANTE NO TENÍA AÚN LA CONDICIÓN DE PENSIONISTA DEL RÉGIMEN DEL DECRETO LEY N° 19990.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04681-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-12-01

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 04681-2022-PA/TC. , 2023-12-01. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
94bfbc04241d2fb42c954e07704ab8dd8bcdb79e6497a173b7853291416f919f
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:36 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.