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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: En el presente caso, se colige que, la resolución impugnada no incurre en vicio de motivación, pues ha considerado lo…

Casacion 34745-2022-LIMA ESTE · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-12-18

Sumilla

IMPROCEDENTE. EN EL PRESENTE CASO, SE COLIGE QUE, LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA NO INCURRE EN VICIO DE MOTIVACIÓN, PUES HA CONSIDERADO LO DISPUESTA POR EL ARTÍCULO 10 DEL DECRETO SUPREMO N° 0510-91-PCM, CALCULANDO LA BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN SOBRE EL 30% DE LA REMUNERACIÓN TOTAL, LA CUAL DEBE SER OTORGADA A FAVOR DEL DEMANDANTE.

Artículos citados 1

D.S. 0510-91-PCM, art. 10Cita
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Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

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Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 34745-2022-LIMA ESTE
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-12-18

Fuente oficial

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Citar como

Casacion 34745-2022-LIMA ESTE. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-12-18. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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