Inicio › Jurisprudencia › Infundado: Se colige que, es de aplicación el artículo 206 de la ley general de minería, respecto al gasto no deducible por concepto de…
Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: Se colige que, es de aplicación el artículo 206 de la ley general de minería, respecto al gasto no deducible por concepto de…

Casacion 31574-2022-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-12-18

Sumilla

INFUNDADO. SE COLIGE QUE, ES DE APLICACIÓN EL ARTÍCULO 206 DE LA LEY GENERAL DE MINERÍA, RESPECTO AL GASTO NO DEDUCIBLE POR CONCEPTO DE CAMPAMENTO Y ESCUELA FISCALIZADA, PUES LA RECURRENTE SE ENCUENTRA OBLIGADA A BRINDAR DICHAS FACILIDADES A SUS TRABAJADORES Y FAMILIARES, POR LO TANTO, NO LE CORRESPONDEN LOS GASTOS DEDUCIBLES POR DICHOS SUPUESTOS.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 31574-2022-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-12-18

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 31574-2022-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-12-18. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
d0a97238d5c271f6737bf1373b9f3b07230791f1938b0964464ce1af74244ff9
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:39 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.