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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: Se precisa que la restricción de la libertad personal constituye un requisito que deberá ser evaluado caso por caso, por lo…

Expediente 04074-2022-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-01-04

Sumilla

IMPROCEDENTE. SE PRECISA QUE LA RESTRICCIÓN DE LA LIBERTAD PERSONAL CONSTITUYE UN REQUISITO QUE DEBERÁ SER EVALUADO CASO POR CASO, POR LO QUE LO ALEGADO POR EL RECURRENTE TANTO EN SU DEMANDA COMO EN EL RECURSO DE AGRAVIO CONSTITUCIONAL NO GUARDA RELACIÓN EN FORMA DIRECTA CON EL CONTENIDO CONSTITUCIONALMENTE DEL DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL O SUS DERECHOS CONSTITUCIONALES CONEXOS.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04074-2022-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-01-04

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 04074-2022-PHC/TC. , 2024-01-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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