Inicio › Jurisprudencia › Fundado: Se aprecia que las instancias de mérito han dispuesto el pago de vacaciones, por considerar que la demandada no ha acreditado…
Jurisprudencia · SPIJFundado: Se aprecia que las instancias de mérito han dispuesto el pago de vacaciones, por considerar que la demandada no ha acreditado…
Casacion 5703-2021-LAMBAYEQUE · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-01-10
Sumilla
FUNDADO. SE APRECIA QUE LAS INSTANCIAS DE MÉRITO HAN DISPUESTO EL PAGO DE VACACIONES, POR CONSIDERAR QUE LA DEMANDADA NO HA ACREDITADO HABER OTORGADO DESCANSO EFECTIVO A LA DEMANDANTE, SIN EMBARGO, LA SALA SUPERIOR NO HA TENIDO EN CUENTA LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 102 DEL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 276 – DECRETO SUPREMO Nº 005-90-PCM, QUE REGULA LAS VACACIONES ANUALES Y REMUNERADAS ESTABLECIDAS EN LA LEY.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 5703-2021-LAMBAYEQUE
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-01-10
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 5703-2021-LAMBAYEQUE. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-01-10. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
c35965cbc063d23fc8fa64ed48595767ad1d4ebdddfe0767c7c14545c61cf777
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:39 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
