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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: Se concluye que no se ha acreditado la vulneración del derecho a la pensión del recurrente, teniendo en cuenta que el…

Expediente 02775-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-03-23

Sumilla

INFUNDADA. SE CONCLUYE QUE NO SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA PENSIÓN DEL RECURRENTE, TENIENDO EN CUENTA QUE EL RECURRENTE NO SE ENCUENTRA DENTRO DEL ÁMBITO DE LA LEY N° 27803, POR CUANTO SE LE OTORGÓ UNA PENSIÓN DE JUBILACIÓN ADELANTADA DEL RÉGIMEN DEL DECRETO LEY N° 19990, A PARTIR DEL 16 DE OCTUBRE DE 2001, MOTIVO POR EL CUAL, EN ATENCIÓN A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 26 DEL REGLAMENTO DE LA LEY 27803, NO LE CORRESPONDEN LOS BENEFICIOS SOLICITADOS.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02775-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-03-23

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02775-2022-PA/TC. , 2024-03-23. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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