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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: Se precisa que para que la demandante fuera beneficiaria de la pensión de viudez, debió haber contraído matrimonio dos años…

Expediente 04424-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-03-28

Sumilla

INFUNDADA. SE PRECISA QUE PARA QUE LA DEMANDANTE FUERA BENEFICIARIA DE LA PENSIÓN DE VIUDEZ, DEBIÓ HABER CONTRAÍDO MATRIMONIO DOS AÑOS ANTES DEL FALLECIMIENTO DEL CÓNYUGE CAUSANTE, SIN EMBARGO, DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DE FOJAS 29 SE VERIFICA QUE EL CAUSANTE FALLECIÓ EL 29 DE AGOSTO DE 2020, HABIENDO TRANSCURRIDO UN AÑO Y 27 DÍAS ENTRE DICHOS SUCESOS, DE LO QUE SE INFIERE QUE EN EL PRESENTE CASO NO SE CUMPLE EL REFERIDO REQUISITO.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04424-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-03-28

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 04424-2022-PA/TC. , 2024-03-28. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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