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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se infiere que, debe otorgarse el reintegro de la bonificación transitoria para homologación en favor de la accionante…
Casacion 4225-2019-LA LIBERTAD · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-04-19
Sumilla
FUNDADO. SE INFIERE QUE, DEBE OTORGARSE EL REINTEGRO DE LA BONIFICACIÓN TRANSITORIA PARA HOMOLOGACIÓN EN FAVOR DE LA ACCIONANTE, TENIENDO EN CUENTA QUE EL INCREMENTO GENERADO EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO SUPREMO N°154-91-EF DEBE SER ADICIONADO, MAS NO SUSTITUIDO INDEBIDAMENTE, AL IMPORTE PERCIBIDO BAJO EL MISMO CONCEPTO POR LA DEMANDANTE EN APLICACIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 057-86-PCM.
Artículos citados 1
D.S. 154-91-EF, art. 3Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 4225-2019-LA LIBERTAD
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-04-19
Fuente oficial
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Citar como
Casacion 4225-2019-LA LIBERTAD. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-04-19. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
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