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Jurisprudencia · SPIJ

Se establece que la docencia no es considerada una actividad de riesgo en los términos establecidos por el artículo 60 del…

Expediente 00290-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-04-30

Sumilla

SE ESTABLECE QUE LA DOCENCIA NO ES CONSIDERADA UNA ACTIVIDAD DE RIESGO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS POR EL ARTÍCULO 60 DEL DECRETO SUPREMO N° 002-72-TR, POR LO QUE LAS REMUNERACIONES PERCIBIDAS POR DICHA LABOR NO PUEDEN SER UTILIZADAS PARA EL CÁLCULO DE LA RENTA VITALICIA DEL ACTOR.

Artículos citados 1

D.S. 002-72-TR, art. 60Cita
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Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00290-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-04-30

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 00290-2023-PA/TC. , 2024-04-30. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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