Inicio › Jurisprudencia › Infundada: En el presente caso no se ha vulnerado el derecho a la seguridad social del accionante, teniendo en cuenta que no reúne los…
Jurisprudencia · SPIJInfundada: En el presente caso no se ha vulnerado el derecho a la seguridad social del accionante, teniendo en cuenta que no reúne los…
Expediente 02486-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-05-11
Sumilla
INFUNDADA. EN EL PRESENTE CASO NO SE HA VULNERADO EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL DEL ACCIONANTE, TENIENDO EN CUENTA QUE NO REÚNE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO DE URGENCIA 034-98 Y EL DECRETO SUPREMO 082-98-EF PARA ACCEDER A LA BONIFICACIÓN DEL FONAHPU, LO QUE RESULTA, EN EL PRESENTE CASO, IRRELEVANTE EXAMINAR SI SE CONFIGURÓ EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL LITERAL C) DEL ARTÍCULO 6 DEL DECRETO SUPREMO 082-98-EF.
Artículos citados 1
D.S. 082-98-EF, art. 6Cita
Extraídos del texto de forma automática.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02486-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-05-11
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02486-2023-PA/TC. , 2024-05-11. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
007fa6a5b356956df7ef30b3e661ad1edd03087a24335598853c5f0636ef0ac9
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:42 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
