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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: Se ha determinado que no se ha acreditado la vulneración del derecho a la pensión del recurrente, teniendo en cuenta que se…

Expediente 03356-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-05-11

Sumilla

INFUNDADA. SE HA DETERMINADO QUE NO SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA PENSIÓN DEL RECURRENTE, TENIENDO EN CUENTA QUE SE ADVIERTE DE AUTOS QUE EL ACTOR PRESTÓ 8 AÑOS, 9 MESES Y 29 DÍAS DE SERVICIOS PARA LA INSTITUCIÓN, POR LO CUAL NO REÚNE EL MÍNIMO DE AÑOS DE SERVICIOS PARA ACCEDER A UNA PENSIÓN DE RETIRO.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03356-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-05-11

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 03356-2022-PA/TC. , 2024-05-11. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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