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Jurisprudencia · SPIJFundado: De la evaluación de autos, se colige que a la demandante, en su calidad de docente cesante, se le debe otorgar el recálculo y…
Casacion 12067-2023-SAN MARTIN · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-05-14
Sumilla
FUNDADO. DE LA EVALUACIÓN DE AUTOS, SE COLIGE QUE A LA DEMANDANTE, EN SU CALIDAD DE DOCENTE CESANTE, SE LE DEBE OTORGAR EL RECÁLCULO Y REINTEGRO DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL MENSUAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN, CUYA BASE DEBE SER EQUIVALENTE AL TREINTA POR CIENTO DE SU REMUNERACIÓN TOTAL O ÍNTEGRA, EN ATENCIÓN AL ARTÍCULO 48 DE LA LEY N° 24029, MODIFICADA POR EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY N° 25212.
Artículos citados 1
Ley N.° 24029, art. 48Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 12067-2023-SAN MARTIN
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-05-14
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 12067-2023-SAN MARTIN. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-05-14. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
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