Inicio › Jurisprudencia › Infundado: Se colige que, de la evaluación de autos, al ser la contribuyente la empresa no domiciliada, en caso de iniciar un…
Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se colige que, de la evaluación de autos, al ser la contribuyente la empresa no domiciliada, en caso de iniciar un…
Casacion 26035-2023-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-05-29
Sumilla
INFUNDADO. SE COLIGE QUE, DE LA EVALUACIÓN DE AUTOS, AL SER LA CONTRIBUYENTE LA EMPRESA NO DOMICILIADA, EN CASO DE INICIAR UN PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA POR UN PAGO QUE SE CONSIDERE INDEBIDO O EN EXCESO, EN ATENCIÓN AL INCISO D DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES, DEBE ESTAR INSCRITA EN EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES A CARGO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 26035-2023-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-05-29
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 26035-2023-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-05-29. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
3ad69ed6fc079ad8e670023fef291002ac920eb94e52a7037cb892de887cd838
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:43 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
