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Jurisprudencia · SPIJ

Se concluye que no se ha acreditado la violación del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, por lo…

Expediente 02548-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-06-14

Sumilla

SE CONCLUYE QUE NO SE HA ACREDITADO LA VIOLACIÓN DEL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES, POR LO QUE, CORRESPONDE DECLARAR LA NULIDAD DE LA SENTENCIA DE VISTA DE FECHA 19 DE DICIEMBRE DE 2018, SOLO EN EL PROCESO PENAL EN EL QUE FUERON CONDENADOS COMO AUTORES DEL DELITO CONTRA EL PATRIMONIO, EN LA MODALIDAD DE ESTAFA. EN CONSECUENCIA, LA SALA SUPERIOR DEBERÁ EMITIR NUEVA RESOLUCIÓN JUDICIAL DE ACUERDO CON LOS FUNDAMENTOS DE LA PRESENTE SENTENCIA, SIEMPRE Y CUANDO LA PENA IMPUESTA NO HAYA SIDO CUMPLIDA.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02548-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-06-14

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02548-2023-PHC/TC. , 2024-06-14. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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