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Jurisprudencia · SPIJ

Fundado: Se desprende que el recurso de casación interpuesto por la recurrente cumple con los requisitos previstos en el artículo 139…

Casacion 56871-2022-SAN MARTIN · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-09-03

Sumilla

FUNDADO. SE DESPRENDE QUE EL RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR LA RECURRENTE CUMPLE CON LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 139, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, POR LO QUE CORRESPONDE DECLARAR LA NULIDAD DE LAS RESOLUCIONES DIRECTORALES Nº 1474-2021-DIRESA-OGESS-AM/D Y Nº 573-2021-GRSM-DIRESA/DG Y ORDENAR SE PAGUE A LA ACCIONANTE EL REINTEGRO DE LA BONIFICACIÓN DIFERENCIAL POR CONDICIONES EXCEPCIONALES DE TRABAJO PREVISTA EN EL ARTÍCULO 184 DE LA LEY N° 25303.<br/></h1>

Artículos citados 2

Constitución Política, art. 139Cita
Ley N.° 25303, art. 184Cita
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Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 56871-2022-SAN MARTIN
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-09-03

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 56871-2022-SAN MARTIN. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-09-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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