Inicio › Jurisprudencia › Se concluye que corresponde ordenar el recálculo o reajuste de las pensiones de los actores al monto de 02 unidades…
Jurisprudencia · SPIJ

Se concluye que corresponde ordenar el recálculo o reajuste de las pensiones de los actores al monto de 02 unidades…

Casacion 10004-2021-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-09-03

Sumilla

SE CONCLUYE QUE CORRESPONDE ORDENAR EL RECÁLCULO O REAJUSTE DE LAS PENSIONES DE LOS ACTORES AL MONTO DE 02 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS VIGENTES EN CADA OPORTUNIDAD DE PAGO, SOLO HASTA QUE ALCANCE EL MONTO DE LA PENSIÓN QUE PERCIBÍA ANTES QUE ENTRARA EN VIGENCIA LA LEY Nº 28449, POR LO QUE CORRESPONDE ACOGER LA CAUSAL MATERIAL ANALIZADA EN CUANTO A LA INFRACCIÓN DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY Nº 28499 Y, POR CONSIGUIENTE, DECLARAR FUNDADO EL RECURSO DE CASACIÓN.

Artículos citados 1

Ley N.° 28499, art. 3Cita
Extraídos del texto de forma automática.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 10004-2021-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-09-03

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 10004-2021-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-09-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
f95e96e9c67f8f3ff6809707e7d82716ce4fa0d8176f3d8441267cab4d13ab2b
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:44 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.