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Jurisprudencia · SPIJInfundada: Se precisa que los demandantes no pueden alegar la vulneración de su derecho de defensa ni de los demás derechos invocados…
Expediente 03659-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-10-05
Sumilla
INFUNDADA. SE PRECISA QUE LOS DEMANDANTES NO PUEDEN ALEGAR LA VULNERACIÓN DE SU DERECHO DE DEFENSA NI DE LOS DEMÁS DERECHOS INVOCADOS, PUES AL NO HABER CUESTIONADO LA RESOLUCIÓN 18 EN EL PRESENTE PROCESO, LA HAN DEJADO CONSENTIR, CONVALIDANDO TÁCITAMENTE LO QUE EN ESTA SE RESOLVIÓ, MOTIVO POR EL CUAL, LA PRESENTE DEMANDA DEBE SER DESESTIMADA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03659-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-10-05
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 03659-2022-PA/TC. , 2024-10-05. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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