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Jurisprudencia · SPIJ

Se precisa que la remuneración mensual, que es la base para el cálculo del monto de la pensión de invalidez y su incremento…

Expediente 00594-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-10-22

Sumilla

SE PRECISA QUE LA REMUNERACIÓN MENSUAL, QUE ES LA BASE PARA EL CÁLCULO DEL MONTO DE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ Y SU INCREMENTO ES SOLO UNA E INVARIABLE Y ES LA QUE SE OBTUVO CUANDO SE OTORGÓ, INICIALMENTE, LA PENSIÓN VITALICIA AL RECURRENTE, POR LO QUE, SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES INVOCADOS POR EL RECURRENTE.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00594-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-10-22

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 00594-2023-PA/TC. , 2024-10-22. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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