Inicio › Jurisprudencia › En el presente caso se declara fundadas las solicitudes de ejecución de sentencia presentadas por la municipalidad distrital…
Jurisprudencia · SPIJEn el presente caso se declara fundadas las solicitudes de ejecución de sentencia presentadas por la municipalidad distrital…
Expediente 00001-2021-PCC/TC Y 00004-2021-PCC/TC (acumulados) · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-06-27
Sumilla
EN EL PRESENTE CASO SE DECLARA FUNDADAS LAS SOLICITUDES DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA PRESENTADAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Y LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, EN CONSECUENCIA, NULOS EL INFORME TÉCNICO-LEGAL 063-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPRVUDV-JJLL-KCG, EL OFICIO 557-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU Y LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 26.1, 26.2 Y LA SEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA DEL REGLAMENTO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 006-2023-VIVIENDA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00001-2021-PCC/TC Y 00004-2021-PCC/TC (acumulados)
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-06-27
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00001-2021-PCC/TC Y 00004-2021-PCC/TC (acumulados). , 2024-06-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
50548d995e803e5d09587a3c98226d06b5c393f6d17b8313e15865b6407d0dc1
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:46 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
