Inicio › Jurisprudencia › Infundada: En el caso de autos la recurrente alega que el plazo de inicio de la notificación electrónica debería originarse dos días…
Jurisprudencia · SPIJInfundada: En el caso de autos la recurrente alega que el plazo de inicio de la notificación electrónica debería originarse dos días…
Expediente 26194-2023 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-12-28
Sumilla
INFUNDADA. EN EL CASO DE AUTOS LA RECURRENTE ALEGA QUE EL PLAZO DE INICIO DE LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DEBERÍA ORIGINARSE DOS DÍAS DESPUÉS DE LLEGADA A SU CASILLA, CONFORME A LO PREVISTO EN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, SIN EMBARGO, SE PRECISA QUE TRATÁNDOSE DE UN PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SE TIENE QUE ESTE TIPO DE COMUNICACIÓN SURTE EFECTOS DESDE EL DÍA SIGUIENTE EN EL QUE LLEGA A LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA. EN ESE SENTIDO, LO RESUELTO EN LA APELADA RESULTA VÁLIDO, POR LO QUE, CORRESPONDE DESESTIMAR LOS AGRAVIOS.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 26194-2023
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-12-28
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 26194-2023. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2024-12-28. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
6f6c0885a9f7714c90d2dca0be899de361465a5962c640280e5243595cbe2c76
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:47 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
