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Jurisprudencia · SPIJFundado: De autos, se verifica que la empresa codemandada, arauco Perú s.a., no cumplió con los requisitos de emisión establecidos en…
Casacion 12645-2024-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-01-17
Sumilla
FUNDADO. DE AUTOS, SE VERIFICA QUE LA EMPRESA CODEMANDADA, ARAUCO PERÚ S.A., NO CUMPLIÓ CON LOS REQUISITOS DE EMISIÓN ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 10 DEL ANEXO V DEL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 58, EL CUAL DISPONE QUE EL CERTIFICADO DE ORIGEN TIENE UNA VALIDEZ DE 180 DÍAS CALENDARIO. DADO QUE DICHO PLAZO VENCÍA EL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2020, Y LA SOLICITUD FUE PRESENTADA EL 16 DE NOVIEMBRE DE 2020, NO CORRESPONDE LA DEVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS ARANCELARIOS PAGADOS EN LA DECLARACIÓN ADUANERA DE MERCANCÍAS Nº 118-2020-10-137693.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 12645-2024-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-01-17
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 12645-2024-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-01-17. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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