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Jurisprudencia · SPIJSe precisa que el derecho a la libertad de tránsito, como todo derecho fundamental, no es un derecho absoluto y puede ser…
Expediente 00680-2021-0-0401-JR-DC-01 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-01-25
Sumilla
SE PRECISA QUE EL DERECHO A LA LIBERTAD DE TRÁNSITO, COMO TODO DERECHO FUNDAMENTAL, NO ES UN DERECHO ABSOLUTO Y PUEDE SER MATERIA DE INTERVENCIÓN ESTATAL, CUANDO SU EJERCICIO IMPLICA UN RIESGO APRECIABLE DE GENERAR PERJUICIOS A INTERESES LEGÍTIMOS DE TERCEROS.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00680-2021-0-0401-JR-DC-01
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-01-25
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00680-2021-0-0401-JR-DC-01. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-01-25. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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