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Jurisprudencia · SPIJ

En este caso, aunque la recurrente pretende atribuir la responsabilidad de su conducta infractora a los beneficiaron de las…

Casacion 4543-2023-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-01-27

Sumilla

EN ESTE CASO, AUNQUE LA RECURRENTE PRETENDE ATRIBUIR LA RESPONSABILIDAD DE SU CONDUCTA INFRACTORA A LOS BENEFICIARON DE LAS INDEMNIZACIONES QUE OTORGA, MEDIANTE EL NUMERAL 47.1 DEL ARTÍCULO 47 DEL REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN DE LAS ASOCIACIONES DE FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRÁNSITO, SE ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD DE ESTAS, CUANDO NO CUMPLEN CON EMITIR LAS ORDENES DE PAGO A FAVOR DE LAS VÍCTIMAS EN LA OPORTUNIDAD CORRESPONDIENTE. ASÍ PUES, NO SE ADVIERTE VEROSIMILITUD DEL DERECHO INVOCADO POR LA DEMANDANTE, PARA OTORGAR LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 4543-2023-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-01-27

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 4543-2023-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-01-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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