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Jurisprudencia · SPIJInfundada: El Tribunal Constitucional concluye en este caso que, por la vía del hábeas corpus el demandante no puede pretender obtener…
Expediente 00332-2024-0-0401-JR-DC-02 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-01-28
Sumilla
INFUNDADA. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONCLUYE EN ESTE CASO QUE, POR LA VÍA DEL HÁBEAS CORPUS EL DEMANDANTE NO PUEDE PRETENDER OBTENER ACCESOS O SALIDAS LIBRES POR VÍAS QUE ESTÁN COMPRENDIDAS DENTRO DEL TERRENO DE PROPIEDAD PRIVADA DE LA ASOCIACIÓN DEMANDADA, TANTO MÁS SI, EL INMUEBLE SUB LITIS NO TIENE RECONOCIDA FORMALMENTE UNA SERVIDUMBRE DE PASO. POR ESTAS RAZONES, LA DEMANDA DEBE SER DESESTIMADA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00332-2024-0-0401-JR-DC-02
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-01-28
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00332-2024-0-0401-JR-DC-02. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-01-28. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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