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Jurisprudencia · SPIJInfundado: En el caso de autos se advierte que, no se ha vulnerado el derecho a la pensión del accionante, toda vez que, de los…
Expediente 02417-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-02-22
Sumilla
INFUNDADO. EN EL CASO DE AUTOS SE ADVIERTE QUE, NO SE HA VULNERADO EL DERECHO A LA PENSIÓN DEL ACCIONANTE, TODA VEZ QUE, DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN MÉDICA ORDENADA POR EL TRIBUNAL, EN APLICACIÓN DEL PRECEDENTE RECAÍDO EN EL EXPEDIENTE N° 05134-2022-PA/TC, SE DETERMINÓ QUE NO PRESENTA GRADO DE INCAPACIDAD ALGUNA POR ENFERMEDAD PROFESIONAL, POR LO QUE, EL RECURRENTE NO PUEDE PERCIBIR LA PENSIÓN DE INVALIDEZ REGULADA EN LA LEY N° 26790.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02417-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-02-22
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02417-2022-PA/TC. , 2025-02-22. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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