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Infundado: De autos, se infiere que la resolución judicial cuestionada guarda concordancia con los principios de congruencia y no…

Expediente 02270-2024-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-02-26

Sumilla

INFUNDADO. DE AUTOS, SE INFIERE QUE LA RESOLUCIÓN JUDICIAL CUESTIONADA GUARDA CONCORDANCIA CON LOS PRINCIPIOS DE CONGRUENCIA Y NO CONTRADICCIÓN, ADEMÁS, SE ENCUENTRA SUFICIENTEMENTE MOTIVADA, POR LO QUE SE CONCLUYÓ QUE LA BONIFICACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE AHORRO PÚBLICO, AL TENER NATURALEZA PENSIONABLE SEGÚN LA LEY N° 27617, SE CONSTITUYÓ EN INTANGIBLE Y DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO. EN ESE SENTIDO, NO SE DEBÍA EXIGIR A LOS PENSIONISTAS DEL DECRETO LEY N° 19990 Y N° 20530, MAYORES REQUISITOS QUE LOS PRESCRITOS EN LA CITADA LEY.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02270-2024-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-02-26

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02270-2024-PA/TC. , 2025-02-26. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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